Hola chicos y bienvenidos de nuevo.
Hoy hablaremos sobre la seguridad social y el teletrabajo en España.
Comencemos entonces.
En España, el teletrabajo está regulado por el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia. Esta normativa establece las condiciones laborales para aquellas personas que realizan su trabajo de forma remota, ya sea desde su hogar o cualquier otro lugar distinto a la empresa.
El teletrabajo en España está amparado por El Real Decreto-ley 28/2020, que establece los derechos y obligaciones tanto para el empleado como para el empleador en el teletrabajo. Entre ellos se encuentran la igualdad de trato y de oportunidades, la desconexión digital, la seguridad y salud laboral, y la prevención de riesgos laborales, entre otros.
El teletrabajo a generado auge en el plano laboral, pues de ventajas que obviamente en los trabajos tradicionales no están.
En primer lugar, la Flexibilidad horaria y organizativa.
La mayor conciliación entre la vida laboral y personal.
La Reducción de los desplazamientos y del tiempo invertido en ellos.
Una mayor autonomía y autogestión del trabajo.
La Posibilidad de trabajar desde cualquier lugar.
Y por último y de gran importancia, el menor impacto ambiental al reducir desplazamientos.
En cuanto a la seguridad social, los teletrabajadores en España están protegidos por el Sistema de Seguridad Social, que incluye la cotización a la Seguridad Social y la cobertura de contingencias como accidentes laborales y enfermedades profesionales.
Es importante que tanto empleados como empleadores conozcan y cumplan con la normativa vigente en materia de teletrabajo para garantizar un ambiente laboral seguro, equitativo y productivo para ambas partes.
Gracias por su atención.
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